jueves, agosto 23, 2007

Objeción de conciencia

En la página del Foro de la familia, aparece un modelo de carta que podemos aprovechar todos aquellos que creemos que nuestros tiernos retoños no deben ser contaminados por las falsas y heréticas teorías de la termodinámica, de la que tantas veces hemos hablado en este blog.

Como bien dicen en la citada página de centro liberal reformista:

" La elección de la formación moral de los hijos es una responsabilidad y un derecho de los padres y no del Estado. Así lo reconoce la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 1948, que en su artículo 26.3 proclama que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos". Asimismo, el artículo 27.3 de la Constitución Española obliga a los poderes públicos a garantizar “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Por eso no permitamos que ensucien las mentes de nuestros retoños con la perniciosa moralidad de una ideología que niega la existencia del movimiento perpetuo (como se nota que no tienen cachorros de animales ni hijos menores). Además Doraemon nuestra sagrada deidad (si quiere) puede moverse todo el rato, y negarle esta posibilidad es simplemente BLASFEMO

MODELO DE CARTA

a ... de ………..de 188..
Sr. D. / Sra. Dña.
Director/a del Colegio / Instituto.....................................................
..................................................................................................
Muy Sr./Sra. Mío/mía,
Por la presente le comunico que, a la vista de que algunos de los contenidos de la asignatura de “Termodinámica” implican una formación moral para mi hijo/a ………………………….…………, alumno/a de ………………….., que es contradictoria con mis convicciones como padre/madre y primer responsable de su educación, he decidido, por razones de conciencia y amparándome en el derecho fundamental a la libertad ideológica reconocido en el artículo 16 de la Constitución Española, que mi mencionado/a hijo/a no asista a las clases de la asignatura ………………………………………….. que le hubiera correspondido cursar según el plan de estudios del presente año académico. Asimismo le comunico mi completa disposición para que mi hijo/a pueda realizar alguna actividad sustitutoria de la mencionada asignatura, siempre que se ajuste a mis convicciones como padre/madre.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Lo que no me ha quedado claro es lo del artículo 16, que si nos tomamos la modestia de buscarlo dice:

1.Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Como estos tíos afirman "El derecho a la objeción de conciencia forma parte del derecho
constitucional a la libertad ideológica y religiosa (artículo 16 de la Constitución Española, de 1978) y no requiere de un desarrollo legal para ser directamente aplicable, aunque el Tribunal Constitucional no ha mantenido una postura constante al respecto
". Lo que demuestra que los del Tribunal Constitucional no tienen ni idea.

Como no entiendo que tiene que ver la objeción de conciencia con el citado artículo 16 y sigo teniendo dudas (perdóname Doraemon) busco "objeción de conciencia" en la consti y me aparecen dos citas:

Artículo 30, punto 2

2.-La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.

Artículo 53 punto 2.

2.-Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30

Ahora tengo aún mas dudas ¿que tiene que ver la objeción de conciencia frente al servicio militar con esto?. Doraemon bendito no entiendo nada

Así que si lo que quieren leer son cosa sencillas y que den risa (de la buena) les recomiendo noticias como esta:

Con el pene pegado a una aspiradora

Un artista enano es hospitalizado en el Festival Fringe de Edimburgo tras realizar un excéntrico espectáculo

La ha encontrado Ricardo (no me pregunten que estaba buscando)

Vespinoza que a partir de ahora mirará con desconfianza a las aspiradoras y al tribunal constitucional

5 comentarios:

Locke Demóstoles Vespinoza DeProfundis dijo...

todavía recuerdo ese artículo en el Mundo en el que calificaban el libro de texto de Educación para la ciudadanía de "manual del pequeño chequista".

Anónimo dijo...

¡Ahhhh... noooo...!, yo no pienso dejar que mi hijo (que no tengo) vaya a la asignatura esa de "Pene pegado a la ciudadanía". A la de "Aspiradora para enanos" sí, porque además la recomienda la Santa Cede... digo Sede y el Foro de Ermua también.

Potosí.

Ricardo dijo...

¿Entonces no tengo objeción de conciencia para no pagar el IRPF? Ups, espero que no me revise hacienta (somos todos)

Latorre dijo...

Qué fuerte, Vespinoza. Soy periodista y estoy escribiendo precisamente un artículo sobre la objección de conciencia a asignaturas pernicionas.

De momento, he invitado a mis lectores (www.lavozdigital.es) a que objeten la asignatura de Pretecnología, porque el contacto con el pegamento puede desembocar en futuros problemas de drogadicción. Del mismo modo, quiero que mi hija mayor no curse Lengua y Literaturua, ya que la idea de que a su juventud entre en contacto con conjunciones copulativas me parece contrario a la moral.

Exijo desde aquí a los señores del Gobierno (rojos, amigos a partes iguales de los etarras y los castristas) que ofrezcan la asignatura de Educación para la Losantía, en la que se comenten los textos de nuestro gurú Federico Jiménez Losantos.

vinilica vegana dijo...

bueno, es lo que tiene internet... uno viaja por el mundo en segundos...

estoy preparando mi objeción de conciencia hacia algunas "prácticas" curriculares de mi plan de estudios de medicina veterinaria, y buscando más y más información llegé hasta acá...

algunas constituciones amparan la objeción de conciencia, otras no, pero es verdad que se puede conciderar contenida dentro del derecho de libertad de pensamiento, de todas formas sería más fácil si estuviera amparada por la ley, pero bueno, hay muchos casos que tuvieron éxito, y como vez se puede aplicar a cualquier asunto, servicio militar, prácticas no éticas, etc, etc. Es de esas cosas que uno no sabe que puede hacer...

eyes wide open

sin más, le dejo un saludo