lunes, agosto 03, 2009

Superstición

Artículo 12 apartado c del Reglamento (CE) nº 834/2007 de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos:

c: está permitido el uso de preparados biodinámicos;

Artículo 14 Normas de producción ganadera, en su apartado e) en lo relativo a la prevención de enfermedades y al tratamiento veterinario, establece :

las enfermedades se tratarán inmediatamente para evitar el sufrimiento de los animales; podrán utilizarse medicamentos veterinarios alopáticos de síntesis, incluidos los antibióticos, cuando sea necesario y bajo condiciones estrictas, cuando el uso de productos fitoterapéuticos, homeopáticos y de otros tipos no resulte apropiado;

En cambio del uso del mal de ojo o de las velas negras contra las plagas no indica nada. Por muy dañinas que estas sean (vamos, que si la polilla de la col me está chafando el cantero se si puedo echarle mal de ojo)

Y por último una pregunta con truco: ¿Usted emplearía el mal de ojo contra esta plaga de saltamontes?:


Respuesta al final del post



Vespinoza que aunque hace esfuerzos para tomarse la agricultura ecológica en serio hay unas veces que le cuesta más que otras

RESPUESTA: No, fíjese que el organismo nocivo ha desarrollado una resistencia al tratamiento fitosanitario así que, en este caso, le recomendamos las velas negras

Dos buenas velas negras tiran más que dos carretas

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